La secretaría de Energía autorizó un sendero de ajustes escalonados hasta agosto, pero ya en abril los valores saltan un 30%.
Que se publiquen los precios del bioetanol para el mes de abril cuando faltan cinco días para que finalice el mes no es una casualidad. El Gobierno sabe que este reconocimiento llevará, más temprano que tarde, a otro ajuste en las naftas que, a su vez, le darán un nuevo empujón a una inflación que en los últimos meses se salió de control incluso bajo los parámetros argentinos. Básicamente, la idea es que la industria postergue la consecuente suba en el surtidor para mayo, y tener, al menos en abril, un mes sin alteraciones.
Pero la situación no se podría postergar más. Con el salto de los precios de los commodities a partir de la guerra en Ucrania, los productores de biocombustibles dejaron de abastecer al mercado por la falta de rentabilidad y esa situación profundizó los faltantes de gasoil.
De ahí que la primera actualización se allá dado en el sector del biodiésel que, como explicó EOL, se benefició de un aumento del 25% a principios de mes. Ya en el bioetanol, que se utiliza para la mezcla de naftas y no del gasoil, el incremento tuvo un carácter un poco menos urgente y se demoró para fin de mes.
[Fuerte señal del Gobierno al biodiésel: suba del 25% en el precio y un mayor corte]
A través del Boletín Oficial, la secretaría de Energía informó un alza del 30% en abril, para llegar en un sendero escalonado, a un incremento total del 42% hacia el mes de agosto.
La situación lleva más tranquilidad a los productores, pero muchos sostienen que la suba es insuficiente. Cabe recordar que, hasta hace pocos días, el litro de bioetanol se ubicaba casi a la mitad de precio que el litro de naftas y, si bien esa diferencia ahora se acorta a un 27%, es probable que vuelva a ampliarse cuando se autorice un nuevo aumento para las petroleras.
Según el sendero publicado por Energía, el litro de bioetanol pasará a valer $94,11 en abril, $96,35 en mayo, $98,28 en junio, $100,74 en julio y $103,76 en agosto. En tanto, el plazo de pagos no podrá exceder, “en ningún caso”, los 30 días contados a partir de la fecha de factura.