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El ENRE modificó la normativa para usuarios electrodependientes por razón de salud: los principales cambios

El Gobierno les otorgó a las distribuidoras eléctricas más tiempo para responder ante un eventual corte de energía. Además, las distribuidoras ahora tienen hasta 30 días hábiles para adecuar y disponer la conexión a una Fuente Alternativa de Energía.

El Gobierno actualizó la normativa relativa a la provisión de la Fuente Alternativa de Energía, que pueden solicitar los usuarios de Edenor y Edesur inscriptos en el Registro de Electrodependientes. Este registro permite al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) agilizar los reclamos y garantizar una respuesta rápida de las distribuidoras eléctricas ante cortes de energía. La medida se da en el marco del plan económico de ajuste del presidente Javier Milei.

A través de las resoluciones 329/2024 y 330/2024, que se oficializaron este jueves a través del Boletín Oficial, se reformularon los procedimientos para la realización de las obras correspondientes y para la aplicación de las sanciones por incumplimiento de plazos.

Estas medidas afectarán a los hogares donde el suministro de energía eléctrica es crucial para la salud de sus habitantes. Ambas llevan la firma del interventor del ENRE, Dario Oscar Arrué.

En la Resolución 329/2024, se establece que las empresas distribuidoras ahora tienen más tiempo para responder a las denuncias de falta de suministro eléctrico.

Antes, Edenor y Edesur disponían de 48 horas para actuar, contando tanto días hábiles como inhábiles. Ahora, se les otorga hasta dos días hábiles desde el momento de la denuncia, lo que podría significar una larga espera para los electrodependientes si el corte ocurre en un fin de semana largo.

También se adecuó la aplicación de la sanción por incumplimiento de este nuevo plazo máximo: ahora las empresas de energía deben abonar al usuario una multa en pesos equivalente a 2.000 kWh “por cada día hábil de atraso” (hasta un valor máximo de 500.000 kWh) y valorizada según la tarifa promedio vigente.

En tanto, la Resolución 330/2024 deroga las Resoluciones 97/2021, 254/2023 y 472/2023, que aseguraban la visibilidad de los hogares con electrodependientes ante el ENRE y garantizaban una respuesta prioritaria de las distribuidoras eléctricas.

El nuevo procedimiento aprobado no mantiene la celeridad requerida en estas situaciones. En su lugar, se establece que las distribuidoras tienen hasta 30 días hábiles para adecuar y disponer la conexión a una Fuente Alternativa de Energía (FAE), con sanciones aplicables por incumplimiento.

Reclamo y preocupación de los electrodependientes

La Asociación Argentina de Electrodependientes (AAED) había advertido la semana pasada sobre la intención del gobierno de eliminar este registro.

Mauro Stefanizzi, presidente de la AAED, expresó su preocupación señalando el aumento de rechazos en las renovaciones del registro para electrodependientes que se realizan cada dos años.

“Se están rechazando a numerosos electrodependientes que utilizan respiradores (CPAP) con el argumento de que estos dispositivos “poseen una batería externa”. Esto no solo contraviene la ley, sino que además pone en peligro vidas, ya que frecuentemente esas baterías se encuentran completamente descargadas”, alertó Stefanizzi.

También resaltó que la ley garantiza el derecho a una fuente alternativa de energía y un tratamiento tarifario gratuito. La eliminación del registro podría traducirse en cortes de luz debido a la imposibilidad de costear las facturas, exacerbada por los aumentos tarifarios y la falta de atención presencial en el Ministerio de Salud. La AAED ya denunció esta situación pero, hasta ahora, no obtuvo una respuesta satisfactoria.